Auto Supremo AS/0254/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0254/2014

Fecha: 29-Ago-2014

Al respecto y a modo de preámbulo diremos que el Tribunal de alzada al entrar

Al respecto y a modo de preámbulo diremos que el Tribunal de alzada al entrar a considerar los puntos apelados respecto de la valoración de la prueba, debe identificar la correcta o incorrecta actuación del Juez o Tribunal de Sentencia, en base a las conclusiones establecidas en la Sentencia a través de un análisis armónico y contextual del conjunto de estas para poder establecer si existió infracción o errónea aplicación de la Ley Penal, en la adecuación del tipo penal a la conducta del encausado y, en su caso, si concurrieron los elementos constitutivos del tipo penal endilgado, en el presente caso, verificado el Auto de Vista recurrido el Tribunal de Alzada en el primer Considerando de fs. 1170, ha hecho mención de todos los puntos apelados por el recurrente, mismos que fueron respondidos de forma clara expresa y completa con la correspondiente exposición de motivos, en el Considerando tercero de fs. 1172 vta. a fs. 1173 vta., pues, ha señalado que los actos procesales cuestionados de la etapa preparatoria, debieron ser reclamados oportunamente en dicha etapa investigativa y al no haberlo hecho precluyó su derecho