Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL LIQUIDADORA
AUTO SUPREMO Nº 254/2014
Fecha: Sucre, 29 de Agosto de 2014
Expediente: 97/2010 La Paz
Parte acusadora: Ministerio Público
Parte imputada: Alvaro Alejandro Hurtado Clavel y
Christopher Rodríguez Belmar
Delito: Asesinato
Recurso: Casación
VISTOS: (De los recursos en cuestión)
El Recurso de Casación planteado por Christopher Rodríguez Belmar, de fojas 1215 a 1219 vta., impugnando el Auto de Vista N° 19/2010, de 22 de Marzo de 2010, cursante de fojas 1170 a 1173 vta., de obrados pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente y Alvaro Alejandro Hurtado Clavel, por la presunta comisión del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el artículo 252 num. 2, 3, 6 y 7 del Código Penal, los antecedentes, y;
CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales)
Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos, se tiene los siguientes antecedentes:
Con base a la Acusación Fiscal, el Tribunal de Sentencia Séptimo y del juzgado de Partido de Sustancias Controladas (Liquidador) del Distrito Judicial de La Paz, mediante Sentencia Nº 12/2009, cursante de fojas 1001 a 1008, dispuso declarar a Álvaro Alejandro Hurtado, Autor de la comisión del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el artículo 252 num. 2, 3, 6 y 7 del Código Penal, imponiéndole la pena privativa de libertad de treinta (30) años de presidio sin derecho a indulto, a cumplir en el penal de San Pedro de la ciudad de La Paz, quedando obligado a la reparación de los daños y perjuicios ocasionados al Estado Boliviano, así como las costas del proceso que deberán ser girados mediante planilla por la Secretaría del Tribunal una vez ejecutoriada la Sentencia
SALA PENAL LIQUIDADORA
AUTO SUPREMO Nº 254/2014
Fecha: Sucre, 29 de Agosto de 2014
Expediente: 97/2010 La Paz
Parte acusadora: Ministerio Público
Parte imputada: Alvaro Alejandro Hurtado Clavel y
Christopher Rodríguez Belmar
Delito: Asesinato
Recurso: Casación
VISTOS: (De los recursos en cuestión)
El Recurso de Casación planteado por Christopher Rodríguez Belmar, de fojas 1215 a 1219 vta., impugnando el Auto de Vista N° 19/2010, de 22 de Marzo de 2010, cursante de fojas 1170 a 1173 vta., de obrados pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente y Alvaro Alejandro Hurtado Clavel, por la presunta comisión del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el artículo 252 num. 2, 3, 6 y 7 del Código Penal, los antecedentes, y;
CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales)
Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos, se tiene los siguientes antecedentes:
Con base a la Acusación Fiscal, el Tribunal de Sentencia Séptimo y del juzgado de Partido de Sustancias Controladas (Liquidador) del Distrito Judicial de La Paz, mediante Sentencia Nº 12/2009, cursante de fojas 1001 a 1008, dispuso declarar a Álvaro Alejandro Hurtado, Autor de la comisión del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el artículo 252 num. 2, 3, 6 y 7 del Código Penal, imponiéndole la pena privativa de libertad de treinta (30) años de presidio sin derecho a indulto, a cumplir en el penal de San Pedro de la ciudad de La Paz, quedando obligado a la reparación de los daños y perjuicios ocasionados al Estado Boliviano, así como las costas del proceso que deberán ser girados mediante planilla por la Secretaría del Tribunal una vez ejecutoriada la Sentencia
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
- Asimismo dicta Sentencia condenatoria en contra de Christopher Rodríguez Belmar, declarándole autor en grado de
- Que, ante esta Sentencia, Christopher Rodríguez Belmar, de fojas 1141 a 1145, de obrados, plantea
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes
- - Segundo: Que el Tribunal de alzada señaló que no es evidente la violación del
- Que, no se cumplió con los plazos referentes al informe preventivo policial e informe a
- - Tercero: Que, se ha vulnerado el Art
- - Cuarto: Que los motivos de derecho en que se basa la Sentencia, son inconsistentes,
- - Quinto: Que, se ha solicitado la exclusión probatoria de algunas prueba literales, habiéndose hecho
- Del Precedente Contradictorio Invocado
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, el Recurso de
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- Que, del análisis de antecedentes y fundamentos planteado por Christopher Rodríguez Belmar, contrastados con el
- -Tercero: Que, se ha vulnerado el Art
- Cuarto: Que los motivos de derecho en que se basa la Sentencia, son inconsistentes, no
- Quinto: Que, se ha solicitado la exclusión probatoria de algunas prueba literales, habiéndose hecho reserva
- Al respecto y a modo de preámbulo diremos que el Tribunal de alzada al entrar
- Con referencia a que el Ministerio Publico no ha probado su acusación, el Tribunal de
- Por otro lado con relación a la pena impuesta, el Tribunal de Alzada, ha referido
- Con referencia a la solicitud de exclusión probatoria de la prueba documental del Ministerio Publico,
- Ahora bien, el recurrente ha invocado el Auto Supremo 20009-SALA PENAL-2-507 y Auto Supremo 200007-SALA
- Por los fundamentos expresados en el presente Auto Supremo, no advirtiéndose contradicción alguna en la
- POR TANTO
- Magistrada Relatora: Dra. Ma. Lourdes Bustamante R.
