Auto Supremo AS/0342/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0342/2014

Fecha: 18-Ago-2014

Resulta imperioso y pertinente establecer la naturaleza del contrato motivo de la presente demanda de


Que, a manera de antecedentes se tiene, que la Empresa Consultora JIMAR Ltda. suscribe dos contratos de servicios para la elaboración de los consultorías, uno de diseño final de la pavimentación de la Circunvalación de San Ignacio de Moxos y otra de elaboración del diseño final de la pavimentación de la Avenida Asana del Municipio de San Ignacio de Moxos, con la Honorable Alcaldía Municipal de San Ignacio de Moxos, que por existir incumplimiento unilateral de la Empresa JIMAR Ltda., la Alcaldía de San Ignacio de Moxos demanda la resolución del contrato, más pago de daños y perjuicios, demanda que es interpuesta ante el Juzgado de Partido en lo Civil y Comercial, quien emitió sentencia declarando probada en parte la demanda, la cual fue confirmada por el auto de vista.

Resulta imperioso y pertinente establecer la naturaleza del contrato motivo de la presente demanda de resolución, entonces recurriremos primero al concepto general de señalar que, el contrato es un acuerdo de voluntades que crea o transmite derechos y obligaciones a las partes que lo suscriben. El contrato es un tipo de acto jurídico en el que intervienen dos o más personas y está destinado a crear derechos y generar obligaciones. Se rige por el principio de Autonomía de la voluntad, según el cual, puede contratarse sobre cualquier materia no prohibida. Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento y las obligaciones que nacen del contrato, tienen fuerza de ley entre las partes contratantes