Por memorial presentado el 15 de julio de 2014, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 359/2014-RA
Sucre, 01 de agosto de 2014
Expediente: Chuquisaca 20/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otro
Parte imputada: Roberto Quispe Puma
Delitos: Estafa y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 15 de julio de 2014, cursante de fs. 749 a 753 vta., Roberto Quispe Puma interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 351/11 de 20 de septiembre de 2011 de fs. 589 a 602 vta. y el Auto de Complementación 244/14 de 7 de julio de 2014 de fs. 713 a 714, ambos pronunciados por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Alcaldía Municipal de Villa Serrano contra el recurrente, por los delitos de Estafa, Incumplimiento de Deberes y Conducta Antieconómica, previstos y sancionados por los arts. 335, 154 y 224 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 359/2014-RA
Sucre, 01 de agosto de 2014
Expediente: Chuquisaca 20/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otro
Parte imputada: Roberto Quispe Puma
Delitos: Estafa y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 15 de julio de 2014, cursante de fs. 749 a 753 vta., Roberto Quispe Puma interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 351/11 de 20 de septiembre de 2011 de fs. 589 a 602 vta. y el Auto de Complementación 244/14 de 7 de julio de 2014 de fs. 713 a 714, ambos pronunciados por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Alcaldía Municipal de Villa Serrano contra el recurrente, por los delitos de Estafa, Incumplimiento de Deberes y Conducta Antieconómica, previstos y sancionados por los arts. 335, 154 y 224 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 15 de julio de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el acusado Roberto Quispe Puma con el referido Auto de Complementación, el 9
- Del memorial que cursa de fs. 749 a 753 vta., se extraen los siguientes motivos
- 3) Como último agravio el recurrente manifiesta que, en el Séptimo Considerando del Auto de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- En el caso de autos, de la revisión de antecedentes se establece que el recurso
- Respecto al segundo motivo, relativo a la incongruencia omisiva en que habría incurrido el Tribunal
- En cuanto al tercer motivo, por el cual se denuncia que en el Auto de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
