En cuanto al examen de admisibilidad del recurso de casación, este Tribunal debe verificar entre
III. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE ADMISIÓN
En cuanto al examen de admisibilidad del recurso de casación, este Tribunal debe verificar entre otros aspectos, la concurrencia de impugnabilidad subjetiva, entendida como el poder de recurrir que la norma otorga exclusivamente a determinados sujetos procesales, teniendo en cuenta que el segundo párrafo del art. 394 del CPP, señala que: "El derecho de recurrir corresponderá a quien le sea expresamente permitido por ley, incluida la víctima aunque no se hubiese constituido en querellante"
- Por memorial presentado el 9 de julio del 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) El 2 de julio de 2014 (fs
- Del memorial sujeto a análisis, se extraen los siguientes motivos
- 3) Se sustenta que el Auto de Vista impugnado, incurrió en contradicción con el Auto
- En cuanto al examen de admisibilidad del recurso de casación, este Tribunal debe verificar entre
- Es así, que respecto a la legitimación activa para impugnar una resolución judicial, el Auto
- En ese sentido, el citado Auto Supremo, precisó que: ‘
- Del análisis de antecedentes, se evidencia que el recurso de casación cursante de fs
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
