6) Finalmente reclama la vulneración de los arts
6) Finalmente reclama la vulneración de los arts. 92 y 393 del CPP, por cuanto en su declaración informativa no se le hizo las advertencias preliminares, ya que no se le atribuyó la comisión de ningún hecho delictivo; asimismo, que en la acusación fiscal presentada no existe pedido de preparación del juicio conforme impone el art. 393 precitado, existiendo únicamente antecedentes de la disposición de hacerle conocer la acusación, del señalamiento de audiencia pública de preparación de juicio, y de la consideración y resolución de un incidente de actividad procesal defectuosa. Sobre los presuntos defectos de procedimiento cita como precedente el Auto Supremo 562 de 1 de octubre de 2004
- Por memorial presentado el 26 de mayo de 2014, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada presentó recurso de apelación restringida (fs
- c) Notificada la recurrente con el referido Auto de Vista el 20 de mayo de
- Del memorial que cursa de fs. 108 y 115 vta., se extraen los siguientes motivos
- 5) De igual modo denuncia la vulneración del derecho de impugnación por parte del Tribunal
- 6) Finalmente reclama la vulneración de los arts
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se constata que la recurrente cumplió con el requisito relativo
- En los motivos primero y cuarto, la recurrente esencialmente reclama que: En la calificación del
- Sobre el segundo motivo, en el que se reclama la violación del art
- En relación al Auto Supremo 14/2010 de 9 de febrero, de la búsqueda en el
- Finalmente, respecto al sexto motivo, relativo a la violación de los arts
- Igualmente, si bien los argumentos expuestos, así como el Auto Supremo 562 de 1 de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
