Del memorial que cursa de fs. 108 y 115 vta., se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial que cursa de fs. 108 y 115 vta., se extraen los siguientes motivos:
1) Como primer motivo del recurso se extracta la referida a la “VIOLACIÓN A LA CALIFICACIÓN DEL TIPO PENAL” (sic) -arts. 48 tercer párrafo y 33 de la Ley 1008- ya que en la Sentencia se la condenó por el tipo penal de Tráfico de Sustancias Controladas; empero, -afirma- no se vinculó dicho delito a ninguna de las acciones descritas en el inc. m) del art. 33 de la citada Ley, en consecuencia, no se estableció la tipificación concreta de su conducta; denuncia sobre el que el Tribunal de alzada señaló que la decisión del juzgador fue la correcta. Cita como precedente contradictorio el Auto Supremo 67 de 27 de enero de 2006.
2) Por otra parte alega la vulneración del art. 362 del Código de Procedimiento Penal (CPP), al haber sido condenado por un hecho distinto al acusado, ya que en la relación circunstanciada de los hechos contenidos en la acusación, se la síndica de haber cometido el delito de Transporte de SSCC, mientras que en la Sentencia, maliciosamente, además de soslayar referirse a cuál la conducta calificada, se la condenó por el delito de Tráfico de SSCC. Invoca como precedente los Autos Supremos 239/2012-RRC de 3 de octubre y el Auto de Vista 20/2012 de 4 de junio de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro
- Por memorial presentado el 26 de mayo de 2014, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada presentó recurso de apelación restringida (fs
- c) Notificada la recurrente con el referido Auto de Vista el 20 de mayo de
- Del memorial que cursa de fs. 108 y 115 vta., se extraen los siguientes motivos
- 5) De igual modo denuncia la vulneración del derecho de impugnación por parte del Tribunal
- 6) Finalmente reclama la vulneración de los arts
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se constata que la recurrente cumplió con el requisito relativo
- En los motivos primero y cuarto, la recurrente esencialmente reclama que: En la calificación del
- Sobre el segundo motivo, en el que se reclama la violación del art
- En relación al Auto Supremo 14/2010 de 9 de febrero, de la búsqueda en el
- Finalmente, respecto al sexto motivo, relativo a la violación de los arts
- Igualmente, si bien los argumentos expuestos, así como el Auto Supremo 562 de 1 de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
