Asimismo, por Secretaría de la Sala Penal Liquidadora, hágase conocer el presente Auto Supremo a
Asimismo, por Secretaría de la Sala Penal Liquidadora, hágase conocer el presente Auto Supremo a la Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del País, a los fines señalados en el segundo párrafo del art. 418 del Código de Procedimiento Penal
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
- Que, ante la Sentencia Nª 35/2009 de fs
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes
- Violación al debido proceso por haber admitido exclusión probatoria sobre la prueba M
- Error in procedendo por violación a la seguridad jurídica, en su componente debido proceso, incurriendo
- Error in procedendo por violar el debido proceso y seguridad jurídica al admitir prueba ilícita
- Defectos de la Sentencia con relación al art. 370 del Código de Procedimiento Penal
- De la Invocación del Precedente Contradictorio
- De ahí según prevé el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, el Recurso de
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinarán la ineficacia del planteamiento, pues si bien,
- Plazo:La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para formular
- Invocación del Precedente Contradictorio y precisión sobre la Contradicción entre los Precedentes y el Auto
- De la Invocación de los Precedentes Contradictorios
- Ahora bien, el recurrente en el planteamiento de su Recurso de Casación cumplió con los
- POR TANTO
- Asimismo, por Secretaría de la Sala Penal Liquidadora, hágase conocer el presente Auto Supremo a
- Magistrada Relatora: Silvana Rojas Panoso
