De la Invocación del Precedente Contradictorio
De la Invocación del Precedente Contradictorio.- Que, de conformidad a lo previsto por el art. 416 del Código de Procedimiento Penal, el momento procesal oportuno para la Invocación de los Precedentes Contradictorios es en la formulación del Recurso de Apelación Restringida, verificado el mismo que cursa en Autos de fs. 173-187 y vta., se establece la invocación de los siguientes precedentes:
Auto Supremo N°153 de 02 de febrero de 2007
Auto Supremo N° 404 de 25 de julio de 2001
Auto Supremo N° 562 de 1° de octubre de 2004
CONSIDERANDO III: (Procedibilidad ante un Recurso de Casación)
Se define a la Casación, como un instrumento Político-Jurídico que tiene una doble finalidad: por un lado, fijar la Jurisprudencia, entendiendo por tal la proclamación en abstracto de la Doctrina Legal, fijando, con ello, la interpretación que ha de darse a los textos legales; y, por otro, enmendar las infracciones de Ley o de Doctrina que los Tribunales hayan cometido en la Tramitación o Resolución de los juicios
Auto Supremo N°153 de 02 de febrero de 2007
Auto Supremo N° 404 de 25 de julio de 2001
Auto Supremo N° 562 de 1° de octubre de 2004
CONSIDERANDO III: (Procedibilidad ante un Recurso de Casación)
Se define a la Casación, como un instrumento Político-Jurídico que tiene una doble finalidad: por un lado, fijar la Jurisprudencia, entendiendo por tal la proclamación en abstracto de la Doctrina Legal, fijando, con ello, la interpretación que ha de darse a los textos legales; y, por otro, enmendar las infracciones de Ley o de Doctrina que los Tribunales hayan cometido en la Tramitación o Resolución de los juicios
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
- Que, ante la Sentencia Nª 35/2009 de fs
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes
- Violación al debido proceso por haber admitido exclusión probatoria sobre la prueba M
- Error in procedendo por violación a la seguridad jurídica, en su componente debido proceso, incurriendo
- Error in procedendo por violar el debido proceso y seguridad jurídica al admitir prueba ilícita
- Defectos de la Sentencia con relación al art. 370 del Código de Procedimiento Penal
- De la Invocación del Precedente Contradictorio
- De ahí según prevé el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, el Recurso de
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinarán la ineficacia del planteamiento, pues si bien,
- Plazo:La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para formular
- Invocación del Precedente Contradictorio y precisión sobre la Contradicción entre los Precedentes y el Auto
- De la Invocación de los Precedentes Contradictorios
- Ahora bien, el recurrente en el planteamiento de su Recurso de Casación cumplió con los
- POR TANTO
- Asimismo, por Secretaría de la Sala Penal Liquidadora, hágase conocer el presente Auto Supremo a
- Magistrada Relatora: Silvana Rojas Panoso
