Auto Supremo AS/0285/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0285/2014

Fecha: 03-Sep-2014

De la Invocación del Precedente Contradictorio

De la Invocación del Precedente Contradictorio.- Que, de conformidad a lo previsto por el art. 416 del Código de Procedimiento Penal, el momento procesal oportuno para la Invocación de los Precedentes Contradictorios es en la formulación del Recurso de Apelación Restringida, verificado el mismo que cursa en Autos de fs. 173-187 y vta., se establece la invocación de los siguientes precedentes:
Auto Supremo N°153 de 02 de febrero de 2007
Auto Supremo N° 404 de 25 de julio de 2001
Auto Supremo N° 562 de 1° de octubre de 2004

CONSIDERANDO III: (Procedibilidad ante un Recurso de Casación)
Se define a la Casación, como un instrumento Político-Jurídico que tiene una doble finalidad: por un lado, fijar la Jurisprudencia, entendiendo por tal la proclamación en abstracto de la Doctrina Legal, fijando, con ello, la interpretación que ha de darse a los textos legales; y, por otro, enmendar las infracciones de Ley o de Doctrina que los Tribunales hayan cometido en la Tramitación o Resolución de los juicios