De la forma
De la forma.- El Precedente Contradictorio deberá invocarse por el recurrente a tiempo de interponer la Apelación Restringida. La Norma entiende que existe contradicción, cuando ante una situación de hecho similar, el sentido jurídico que le asigna el Auto de Vista recurrido no coincida con el precedente, sea por haberse aplicado normas distintas o una misma Norma con diverso alcance
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
- Que, ante la Sentencia Nª 35/2009 de fs
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes
- Violación al debido proceso por haber admitido exclusión probatoria sobre la prueba M
- Error in procedendo por violación a la seguridad jurídica, en su componente debido proceso, incurriendo
- Error in procedendo por violar el debido proceso y seguridad jurídica al admitir prueba ilícita
- Defectos de la Sentencia con relación al art. 370 del Código de Procedimiento Penal
- De la Invocación del Precedente Contradictorio
- De ahí según prevé el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, el Recurso de
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinarán la ineficacia del planteamiento, pues si bien,
- Plazo:La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para formular
- Invocación del Precedente Contradictorio y precisión sobre la Contradicción entre los Precedentes y el Auto
- De la Invocación de los Precedentes Contradictorios
- Ahora bien, el recurrente en el planteamiento de su Recurso de Casación cumplió con los
- POR TANTO
- Asimismo, por Secretaría de la Sala Penal Liquidadora, hágase conocer el presente Auto Supremo a
- Magistrada Relatora: Silvana Rojas Panoso
