Indica que ha cuestionado hace tres años atrás en su Recurso de Apelación Restringida, que
Indica que ha cuestionado hace tres años atrás en su Recurso de Apelación Restringida, que no se demostró que la conducta de su persona en los hechos juzgados, hubiese estado encaminada o destinada al eslabonamiento que va desde el cultivo, almacenamiento y posterior comercialización de la sustancia prohibida, para lo cual cita la doctrina del tratadista Fernando Villamor Lucía sobre el término de tráfico que involucraría una serie de conductas que van desde el cultivo hasta el transporte, debiendo producirse todas las transacciones hasta la entrega del dinero. Al respecto, manifiesta que el Tribunal de Apelación razonó en sentido de que él se dedicaba a transportar y únicamente pretendía la llegada a destino de la sustancia lo cual deja incluso abierta la calificación a un Delito en Grado de Tentativa
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
- Que, ante la Sentencia de fs
- Notificadas las partes con el referido Auto de Vista N° 08/2007 de 6 de febrero,
- Conforme al referido Auto Supremo N° 263 de 17 de noviembre de 2008, la Sala
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes
- Señala que interpuso Apelación Restringida por franca violación del art
- Por lo que expuso, interpone Recurso de Casación a objeto de que el Tribunal Supremo
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- Indica que ha cuestionado hace tres años atrás en su Recurso de Apelación Restringida, que
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- Que, oportunamente manifestó que en la parte resolutiva de la sentencia, se produce un incumplimiento
- A continuación cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos Nº 728 de 26 de noviembre
- Por lo que expone, al haber el Tribunal A quo dictado resolución contraria a los
- Primer Recurso
- Segundo Recurso
- Auto supremo N° 215 de 28 de junio de 2006
- Que, el derecho a impugnar o recurrir de las resoluciones judiciales, deviene de un componente
- Se define a la Casación, como un instrumento Político-Jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinará la ineficacia del planteamiento, pues si bien
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- Invocación del Precedente Contradictorio y precisión sobre la contradicción entre los Precedentes y el Auto
- Ahora bien, los recurrentes en el planteamiento de sus Recursos de Casación cumplieron con los
- POR TANTO
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Magistrada Relatora: Dra. Silvana Rojas Panoso
