Del recurso de casación que cursa de fs
II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del recurso de casación que cursa de fs. 396 a 400, se extrae el siguiente motivo:
Denunciando la vulneración de sus derechos a la defensa y al debido proceso, reclama que el Tribunal de alzada lo condenó erróneamente por el delito de Tráfico de Sustancias Controladas previsto por el art. 48 de la Ley 1008, por cuanto basó su decisión en el solo hecho de habérsele hallado en el terreno donde se encontró las sustancias controladas, sin tomar en cuenta que su persona no tenía conocimiento sobre la cocaína incautada, habiendo alquilado su propiedad a una tercera persona, quien sería el verdadero responsable. Señala que estos aspectos fueron considerados a cabalidad por el Tribunal a quo al dictar sentencia absolutoria; empero, el Tribunal de apelación, sin analizar correctamente los datos del proceso, revocó la misma y lo condenó por el delito juzgado, imponiéndole la pena privativa de libertad de quince años de presidio
- Por memorial presentado el 8 de julio de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el imputado con el referido Auto de Vista el 3 de julio de
- Del recurso de casación que cursa de fs
- Continúa su argumentación afirmando que el Tribunal de apelación, al establecer su culpabilidad, también ingresó
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurso de casación fue presentado dentro
- Respecto a los demás requisitos, se evidencia que el recurrente no invoca precedente contradictorio alguno,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
