Auto Supremo AS/0493/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0493/2014

Fecha: 23-Sep-2014

De la revisión de los recursos de casación, se extraen como motivos los siguientes


II. DE LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN

De la revisión de los recursos de casación, se extraen como motivos los siguientes:

Recurso de casación de Tonya Luisa Fuentes Justiniano

Previa descripción de los argumentos esgrimidos en el recurso de apelación restringida, en los que aduce que la Sentencia condenatoria dictada en su contra incurrió en los defectos estipulados en el art. 370 inc. 5) y 6) del Código de Procedimiento Penal (CPP), al carecer de una debida fundamentación y haber realizado una defectuosa valoración de los hechos y de las pruebas de cargo, “así como la transgresión a las reglas del correcto entendimiento humano” (sic), sostiene que no obstante haber identificado los presupuestos exigidos para resolver el fondo de sus denuncias, el Auto de Vista recurrido no se pronunció sobre cada uno de ellas, incurriendo en defectuosa fundamentación, basando su resolución en la prohibición que tiene los tribunales de volver a valorar la prueba; empero, ella nunca pidió la revalorización de la prueba, por el contrario alegó que la misma fue valorada insuficientemente debido a que “toda la prueba de descargo no generó en ningún momento la suficiente convicción para una sentencia condenatoria” (sic), citando al efecto el Auto Supremo 111 de 31 de enero de 2007.

Por último, aduce que la actuación del Tribunal de alzada, vulnera la ley y los principios de “interdicción de la arbitrariedad” y el de presunción de inocencia, por lo que considera que es posible en la vía casacional revisar la estructura racional del discurso valorativo de la prueba efectuada por el Tribunal de Sentencia