ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA S A L A C I V I L
Auto Supremo: 499/2014
Sucre: 08 de septiembre 2014
Expediente: LP-80-14-S
Partes: Javier Quispe Maldonado representado por Alicia Nieves Calderón Ochoa. c/ Hernán Moya Tincuta y Ricarda Huanca Cauna
Proceso: Mejor derecho propietario, acción negatoria y resarcimiento de daños
y perjuicios.
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Hernán Moya Tincuta y Ricarda Huanca Cauna de fs. 529 a 532 y vta., impugnando el Auto de Vista de Nº 06 de fecha 08 de enero de 2014, pronunciado por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso de mejor derecho propietario, acción negatoria y resarcimiento de daños y perjuicios seguido por Javier Quispe Maldonado contra Hernán Moya Tincuta y Ricarda Huanca Cauna, los antecedentes del proceso, Auto de concesión de recurso de casación de fs. 540, y;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, tramitada la causa, el Juez Décimo Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de La Paz, pronunció la Sentencia de Nº 73/2012 de fecha 15 de febrero de 2012 cursante de fs. 394 a 403, declarando probada la demanda de mejor derecho de propiedad y acción negatoria e improbada en cuanto a los daños y perjuicios así como improbada la demanda reconvencional de prescripción decenal o extraordinaria (usucapión)
Auto Supremo: 499/2014
Sucre: 08 de septiembre 2014
Expediente: LP-80-14-S
Partes: Javier Quispe Maldonado representado por Alicia Nieves Calderón Ochoa. c/ Hernán Moya Tincuta y Ricarda Huanca Cauna
Proceso: Mejor derecho propietario, acción negatoria y resarcimiento de daños
y perjuicios.
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Hernán Moya Tincuta y Ricarda Huanca Cauna de fs. 529 a 532 y vta., impugnando el Auto de Vista de Nº 06 de fecha 08 de enero de 2014, pronunciado por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso de mejor derecho propietario, acción negatoria y resarcimiento de daños y perjuicios seguido por Javier Quispe Maldonado contra Hernán Moya Tincuta y Ricarda Huanca Cauna, los antecedentes del proceso, Auto de concesión de recurso de casación de fs. 540, y;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, tramitada la causa, el Juez Décimo Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de La Paz, pronunció la Sentencia de Nº 73/2012 de fecha 15 de febrero de 2012 cursante de fs. 394 a 403, declarando probada la demanda de mejor derecho de propiedad y acción negatoria e improbada en cuanto a los daños y perjuicios así como improbada la demanda reconvencional de prescripción decenal o extraordinaria (usucapión)
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución que es recurrida de apelación por los demandados Hernán Moya Tincuta y Ricarda Huanca
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Que, la resolución recurrida no considero que el mejor derecho de propiedad no devendría de
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- No obstante lo manifestado, es necesario considerar que el derecho propietario que alegan tener los
- Con relación a la primera parte del segundo agravio referido a la existencia de duda
- Por las razones expuestas precedentemente, corresponde fallar conforme lo establecen los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
