Por memorial presentado el 31 de octubre de 2014, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 001/2015-RA
Sucre, 06 de enero de 2015
Expediente: Santa Cruz 88/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otra
Parte imputada: Elizabeth Zabala Payares y otro
Delito: Estafa
RESULTANDO
Por memorial presentado el 31 de octubre de 2014, cursante de fs. 938 a 943, Elizabeth Zabala Payares, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 65 de 28 de agosto de 2014 de fs. 921 a 927, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y María Luisa Angulo de Reyes contra la recurrente y Ernesto Antezana Cavero, por el presunto delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 001/2015-RA
Sucre, 06 de enero de 2015
Expediente: Santa Cruz 88/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otra
Parte imputada: Elizabeth Zabala Payares y otro
Delito: Estafa
RESULTANDO
Por memorial presentado el 31 de octubre de 2014, cursante de fs. 938 a 943, Elizabeth Zabala Payares, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 65 de 28 de agosto de 2014 de fs. 921 a 927, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y María Luisa Angulo de Reyes contra la recurrente y Ernesto Antezana Cavero, por el presunto delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 31 de octubre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)El 27 de octubre de 2014 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Añade que el Tribunal de alzada tampoco tomó en cuenta que el Tribunal de sentencia
- Cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos: 441/2005 de 1 de agosto, 368 de 17
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 27 de octubre de 2014, la
- Se deja constancia que la labor de contraste no abarcará el Auto Supremo 441/2005 de
- interpuesto por Elizabeth Zabala Payares; asimismo, en cumplimiento del segundo párrafo del mencionado artículo se
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
