Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0009/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0009/2015

    Fecha: 27-Ene-2015

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • AUTO SUPREMO:09/2015
    • EXPEDIENTE N°:195/2014
    • PROCESO:Homologación de Sentencia
    • PARTES:Freddy Juan Bozo Terán contra Cinda Adelina Veneros Arreaño
    • VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de homologación del Decreto de Final de Divorcio (Caso
    • CONSIDERANDO I: Que admitida la solicitud de homologación, la demandada Cinda Adelina Veneros Arreaño es
    • Que a fs
    • CONSIDERANDO II: Por disposición del art
    • Que en el caso de autos, además concurren los presupuestos contenidos en el art
    • La acción de divorcio es personal tal como establece el art
    • Que la obligación objeto del proceso fuere válida según las leyes de Bolivia
    • El divorcio es válido en el Estado Plurinacional de Bolivia conforme a la causal prevista
    • La jurisprudencia constitucional, no ha definido qué debe entenderse por orden público, sin embargo, se
    • El Decreto de Final de Divorcio (Caso N° CL13004114) de la Corte del Circuito de
    • Que reuniere los requisitos necesarios para ser considerada como resolución en el lugar donde hubiere
    • Que no fuere incompatible con otra pronunciada con anterioridad o simultáneamente por un tribunal boliviano
    • No consta en los antecedentes de la causa, ni en el Decreto de Final de
    • En conclusión el Decreto de Final de Divorcio (Caso N° CL13004114) de la Corte del
    • POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • En ejecución del presente Auto Supremo, por Secretaría de Sala Plena, procédase al desglose de
    • Regístrese, notifíquese y archívese
    • Sala Plena

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca