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    Auto Supremo AS/0011/2015-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0011/2015-RA

    Fecha: 08-Ene-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 25 de noviembre de 2014, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b)Contra la referida Sentencia, el representante del acusador particular Freddy Carballo Becerra (fs
    • c)En cumplimiento del mencionado Auto de Vista, se realizó nuevamente el juicio oral por ante
    • d)Contra la Resolución de 14 de marzo de 2011, los imputados Casimiro Mamani Colque (fs
    • e)Notificado el representante del acusador particular con el Auto de Vista ahora impugnado el 18
    • Del memorial que cursa de fs. 1115 a 1119 vta., se extraen los siguientes motivos
    • imputados, realizada en la audiencia llevada a cabo al efecto, así como el memorial de
    • El recurrente invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 302 de 25 de agosto de
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
    • ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
    • generadores del recurso, detallar con precisión la restricción o disminución del derecho o garantía, precisando
    • De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurrente cumplió con el primer requisito
    • Ahora bien, respecto al primer motivo, en el que se denuncia que el Auto de
    • En relación al segundo motivo, referido a la incongruencia omisiva en que habría incurrido el
    • En cuanto al Auto Supremo 302 de 25 de agosto de 2006, no será tomado
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase.

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