Auto Supremo AS/0011/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0011/2015-RA

Fecha: 08-Ene-2015

Ahora bien, respecto al primer motivo, en el que se denuncia que el Auto de


Ahora bien, respecto al primer motivo, en el que se denuncia que el Auto de Vista carece de fundamentación, ingresó en revalorización de prueba y dispuso indebidamente la anulación de la Sentencia, toda vez que efectuó una alusión general de la prueba y dio su propio valor a la declaración del Notario, legitimando en definitiva documentos falsos e ignorando la prueba de cargo que fue correctamente valorada por el Juez de Sentencia conforme la sana crítica, quien estableció la responsabilidad de los imputados en base a una correcta fundamentación descriptiva, intelectiva y jurídica; se arguye además que, no es evidente que la Sentencia sea incongruente con la acusación y que el Tribunal de alzada ingresó al análisis de cuestiones que no fueron reclamadas. Sobre el referido reclamo, el recurrente invocó los Autos Supremos 104/2004 de 20 de febrero y 5 de 26 de enero de 2007, que a decir del recurrente, estarían referidos a la prohibición de revalorización de prueba y a que toda resolución debe ser expresa, clara, completa, legítima y lógica, respectivamente; en la argumentación del recurso, se evidencia que el recurrente explicó la posible contradicción del Auto de Vista recurrido con relación a los precedentes invocados, cumpliendo los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 del CPP, resultando admisible este motivo del recurso para su análisis de fondo