Auto Supremo AS/0012/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0012/2015-RA

Fecha: 08-Ene-2015

De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivo del mismo, el siguiente



II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivo del mismo, el siguiente:

El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada no verificó la existencia de los defectos de sentencia denunciados en su recurso de apelación restringida, limitándose a basar su argumentación en el art. 173 del Código de Procedimiento Penal (CPP), respecto a la sana crítica del Tribunal de Sentencia, sin tomar en cuenta que se incurrió en errónea aplicación de la norma penal sustantiva y contradicción entre la parte considerativa y la resolutiva; por cuanto, en la Sentencia se señaló que el imputado evidentemente destruyó el muro perimetral para el colocado de una puerta de garaje, que adecuó su accionar al tipo penal previsto en el art. 223 del CP, que el Tribunal adquiere certeza que el imputado ocupaba dos cuartos en el patio sur de la estación, conforme lo manifestado por los testigos, de estas afirmaciones refiere el recurrente, se establece por un lado, que no puede considerarse como mejora, el haber destruido el muro perimetral de la Estación Central de Ferrocarriles, adecuándose más bien esa acción a los tipos penales previstos por los arts. 223 y 298 del CP; y por otro, la contradicción existente en la Sentencia, a cuyo efecto invoca el Auto Supremo 221 de 7 de junio de 2006, que estaría referido a la adecuada subsunción de la conducta tachada de antijurídica, al marco descriptivo de la ley penal