Auto Supremo AS/0032/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0032/2015-RA

Fecha: 15-Ene-2015

Es importante hacer hincapié, en que el recurso casacional, es de índole excepcional y de


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

Es importante hacer hincapié, en que el recurso casacional, es de índole excepcional y de carácter formal, características dentro las cuales, se encuentran los requisitos de tiempo y forma, pues el art. 417 del CPP, señala de forma taxativa que, quien recurra en casación, debe presentar el recurso dentro del plazo previsto en la norma, ante el Tribunal que emitió el fallo impugnado, cumpliendo además, con la obligación de invocar precedentes contradictorios, respecto a los cuales, de forma ineludible debe señalar la contradicción en la que se incurrió a momento de emitir el fallo impugnado en etapa de casación, en la forma señalada en el art. 416 del mismo cuerpo legal