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    Auto Supremo AS/0032/2015-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0032/2015-RA

    Fecha: 15-Ene-2015

    Regístrese, hágase saber y devuélvase.


    Regístrese, hágase saber y devuélvase.
    • Por memorial presentado el 10 de diciembre de 2014, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • 2)Tampoco emitió pronunciamiento sobre la denuncia por actividad procesal defectuosa, relativa al hecho de que,
    • Invoca como precedentes contradictorios las Sentencias Constitucionales 1008/2004-R de 1 de julio y 002/2005 de
    • El art
    • invocados, sea por haberse aplicado normas distintas o una misma norma con diverso alcance; pues
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Es importante hacer hincapié, en que el recurso casacional, es de índole excepcional y de
    • Ahora bien, a los fines de verificar el cumplimiento del requisito temporal de admisión del
    • Respecto al plazo para la formulación del recurso de casación, el citado art
    • Constatada la presentación extemporánea del recurso, no corresponde verificar los demás requisitos, toda vez que
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase.

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