Por memorial presentado el 26 de noviembre de 2014, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 033/2015-RA
Sucre, 15 de enero de 2015
Expediente: Tarija 81/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otros
Parte imputada: Jesús Adalid Cadena
Delito: Homicidio
RESULTANDO
Por memorial presentado el 26 de noviembre de 2014, cursante de fs. 150 a 161 vta., Maribel Cadena Gareca, Wilmar Cadena Gareca e Ilcen Aracena, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 150/2014 de 12 de noviembre, de fs. 142 a 144, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y los recurrentes en contra de Jesús Adalid Cadena, por la presunta comisión del delito de Homicidio, previsto y sancionado por el art. 251 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 033/2015-RA
Sucre, 15 de enero de 2015
Expediente: Tarija 81/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otros
Parte imputada: Jesús Adalid Cadena
Delito: Homicidio
RESULTANDO
Por memorial presentado el 26 de noviembre de 2014, cursante de fs. 150 a 161 vta., Maribel Cadena Gareca, Wilmar Cadena Gareca e Ilcen Aracena, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 150/2014 de 12 de noviembre, de fs. 142 a 144, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y los recurrentes en contra de Jesús Adalid Cadena, por la presunta comisión del delito de Homicidio, previsto y sancionado por el art. 251 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 26 de noviembre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Como “VULNERACIÓN AL PROCEDIMIENTO POR DEFECTO ABSOLUTO”, alegan que el Tribunal de apelación no
- 4) Acusan al Tribunal de alzada de emitir el Auto de Vista con total falta
- Invocan los Autos Supremos 273/2014-RA, 325/2012 de 12 de diciembre, 342 de 28 de agosto
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Es así, que se constata que los recurrentes denuncian que el Tribunal de alzada, incurrió
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
