De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)Desarrollada la audiencia del juicio oral y público, por Sentencia 12/2011 de 2 de abril (fs. 313 a 319 vta.), el Tribunal Segundo de Sentencia de Yacuiba del Distrito Judicial de Tarija, declaró a los imputados Estela, Velinda Máxima, Esmeregilda, Meri Rober y Carlos todos de apellidos López Del Castillo y Amelia Ordoñez Torrez, autores de los delitos de Abigeato y Allanamiento, previstos y sancionados por los arts. 350 y 298 del CP, imponiéndoles la pena de tres años de presidio, más costas a favor del Estado a fijarse en ejecución de sentencia.
b)Contra la mencionada Sentencia los imputados formularon recurso de apelación restringida (fs. 323 a 326 vta.), resuelto por Auto de Vista 45/2014 de 13 de agosto emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que declaró sin lugar el citado recurso y confirmó en su integridad la sentencia impugnada
- Por memorial presentado el 19 de diciembre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- en base al derecho objetivo, establecer la existencia o no de contradicción entre el fallo
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- A lo señalado, se añade un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el
- En cuanto al primer motivo de casación, por el que los recurrentes denuncian falta de
- principios sin la debida fundamentación ni cumplimiento de los requisitos de flexibilización para una posible
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
