Cuando la Resolución impugnada (Auto de Vista) advierte un vicio de Procedimiento y en base
Cuando la Resolución impugnada (Auto de Vista) advierte un vicio de Procedimiento y en base al mismo el Tribunal de alzada no emite pronunciamiento sobre el fondo de la controversia, sino que en base a ese vicio decide anular los obrados, de ahí que no se cumple con el requisito de que el fallo de segunda instancia haya verificado en fondo de la polémica, como para plantear recurso de casación en el fondo, pues el decisorio de alzada no ha analizado el mérito la Resolución de primer grado, por ello no resulta viable el análisis del recurso de casación en el fondo planteado en contra de una resolución anulatoria (fallo que consideró el vicio procesal y no el fondo de la Litis)
- Partes: Agustín Canaviri Apaza. c/ William Freddy Torrez Lima
- Proceso: Usucapión
- Distrito: La Paz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que es recurrida de apelación por el demandado, y resuelto mediante
- CONSIDERANDO II: DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Cuando la Resolución impugnada (Auto de Vista) advierte un vicio de Procedimiento y en base
- En el sub lite la Resolución de Vista de fs
- Consiguientemente, en base a los fundamentos expuestos corresponde emitir resolución en la forma prevista en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- No se regula honorario del abogado, por no haber sido contestado el recurso
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
