Auto Supremo AS/0064/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0064/2015-RA

Fecha: 28-Ene-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)En mérito a la acusación pública (fs. 25 a 27) y particular (fs. 82 a 83), y habiéndose repuesto el juicio oral ante la nulidad de una primera Sentencia, el Tribunal Primero de Sentencia de Yacuiba del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, por Sentencia 10/2013 de 23 de agosto (fs. 438 a 449), declaró a los imputados Ronald Solano Alvis, Miguel Ángel Cárdenas Algarañás y Víctor Hugo Espíndola Ramos, autores de la comisión del delito de Homicidio, Tentativa y Complicidad, tipificado por los arts. 8, 23 y 251 del CP, imponiéndoles la pena de reclusión de diez años a los dos primeros y cinco al último, además del pago de cien días multa a razón de un boliviano por día, más costas