En relación a la argumentación del único agravio, referido a la declaratoria de improcedencia del
En relación a la argumentación del único agravio, referido a la declaratoria de improcedencia del punto impugnado sobre la falta de fundamentación en la imposición de la pena, por falta de elementos formales, sin conceder el plazo para su subsanación, en vulneración al art. 399 del CPP y contradicción a la doctrina legal contenida en el Auto Supremo 274/2012-RRC, se advierte que la recurrente afirma que existe similitud del precedente contradictorio por cuanto hizo referencia a los delitos de difamación, calumnia e injurias, estableciendo que el defecto se trasuntaba en la imposibilidad de declarar la improcedencia del recurso por cuestiones formales, sin haber dado la oportunidad de subsanar la apelación restringida, en aplicación del art. 399 del CPP, lo que tampoco ocurrió en su caso, por cuanto el Tribunal de alzada rechazó el referido punto de apelación, sin considerar el fondo ni darle la oportunidad de mejorar su argumentación, explicando a continuación que el Tribunal de alzada omitió su labor de ejercer la labor de control sobre la imposición de la pena, conforme se asumió en el Auto Supremo 107/2013; consecuentemente, habiéndose cumplido con los requisitos establecidos en los arts. 416 y 417 del CPP, el presente recurso deviene en admisible
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por la acusada (fs
- c)Notificada la acusada con el Auto de Vista recurrido el 12 de noviembre de 2014
- De los argumentos venidos en casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- procesal y material será efectivamente aplicada por igual; labor reconocida por el art
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Conforme a lo normado en el art
- En relación a la argumentación del único agravio, referido a la declaratoria de improcedencia del
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
