CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social de beneficios sociales, la Juez de Partido Cuarto
VISTOS: El recurso de casación y nulidad de fs. 69 interpuesto por Carmen Rosmery Ortiz Salvatierra, contra el Auto de Vista Nº 304 de 17 de diciembre de 2014, cursante a fs. 66 a 67, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso social de pago de beneficios sociales seguido por María Aurelia Brito de Semizo contra Carmen Rosmery Ortiz Salvatierra, Gerente Administrativo en representación de la empresa “AUTOSUD LTDA.”, la respuesta de fs. 72, el auto de fs. 73 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social de beneficios sociales, la Juez de Partido Cuarto del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, pronunció la Sentencia Nº 23 el 27 de octubre de 2010 (fs. 39 a 41), declarando probada la demanda social, cursante de fs. 18 de obrados, con costas; ordenando a la empresa demandada en la persona de su representante legal Carmen Rosmery Ortiz Salvatierra, pagar dentro de tercero día a favor de su ex trabajadora, beneficios sociales la suma de Bs.29.250.- (veintinueve mil doscientos cincuenta 00/100 bolivianos) por concepto de desahucio, indemnización por cuatro años, duodécimas por 10 meses de aguinaldo y 15 días de vacación
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social de beneficios sociales, la Juez de Partido Cuarto del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, pronunció la Sentencia Nº 23 el 27 de octubre de 2010 (fs. 39 a 41), declarando probada la demanda social, cursante de fs. 18 de obrados, con costas; ordenando a la empresa demandada en la persona de su representante legal Carmen Rosmery Ortiz Salvatierra, pagar dentro de tercero día a favor de su ex trabajadora, beneficios sociales la suma de Bs.29.250.- (veintinueve mil doscientos cincuenta 00/100 bolivianos) por concepto de desahucio, indemnización por cuatro años, duodécimas por 10 meses de aguinaldo y 15 días de vacación
- Auto Supremo Nº 322/2015
- Expediente: SC-CA.SAII-SCZ.127/2015
- Distrito: Santa Cruz
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social de beneficios sociales, la Juez de Partido Cuarto
- En grado de apelación, deducido por Carmen Rosmery Ortiz Salvatierra a fs
- La resolución de apelación motivó el recurso de casación y nulidad de fs
- Refiere que la Sentencia Nº 23 de 27 de octubre de 2010 fue confirmada por
- Arguye también que a fs
- Concluye señalando se declare procedente el recurso y se pronuncie en el fondo, sin precisar
- CONSIDERANDO II: Que, así formulado el recurso de casación y nulidad, del análisis y examen
- Ahora bien, el principio de especificidad se encuentra previsto en el art
- De lo que se infiere, que el recurso planteado carece de fundamento legal, en ausencia
- En el sub-lite, la recurrente no cumple desde ningún punto de vista con estas exigencias
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
