ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano.
ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
- Auto Supremo Nº 353/2015
- Expediente: SC-CA.SAII-LP.158/2015
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral por Reliquidación de beneficios sociales, la Juez Primero
- En grado de apelación deducida por el actor Sergio Zacarías Larico Mamani de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma a fs
- En este contexto, es menester señalar que conforme la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso
- En ese contexto, haciendo un análisis minucioso del auto de vista recurrido, se evidencia que
- En este entendido, correspondía al Tribunal de apelación, pronunciarse resolviendo el recurso de apelación, otorgando
- En conclusión, se advierte que el Tribunal de Alzada, no cumplió con las previsiones contenidas
- Por lo expuesto, corresponde aplicar los arts
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
