A mayor abundamiento, también la jurisprudencia enseña que en casación se plantean cuestiones de derecho
A mayor abundamiento, también la jurisprudencia enseña que en casación se plantean cuestiones de derecho y que a ese efecto, el recurrente se encuentra obligado a examinar e impugnar todos y cada uno de los fundamentos de la decisión recurrida, demostrando en forma concreta y precisa, cómo, por qué y en qué forma hubieran sido violadas. Asimismo, tratándose de cuestiones de derecho, el memorial a través del cual se plantea el recurso de casación en el fondo o en la forma, debe efectuar una crítica legal de la resolución impugnada, no siendo suficiente la simple relación de hechos ocurridos en la tramitación del proceso, aun cuando ésta incluyera cita de disposiciones legales. Es importante dejar claramente establecido que el recurso de casación no se constituye en un medio para la resolución de una controversia entre las partes, sino una cuestión de responsabilidad entre la ley y sus infractores
- Auto Supremo Nº 370/2015
- Expediente: SC-CA.SAII-LP.175/2015
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- En grado de apelación deducido por la empresa demandada representada legalmente por Cosme Liendo Romero
- La resolución de apelación motivó el recurso de nulidad de fs
- Concluyó solicitando se revoque el Auto de Vista Nº 17/15 de 20 de febrero de
- CONSIDERANDO II: Que, así formulado el recurso de nulidad, del análisis y examen exhaustivo de
- Que, en virtud de lo referido, el memorial del recurso plantea recurso de nulidad (casación
- Que, de conformidad con la amplia jurisprudencia desarrollada por el Tribunal Supremo de Justicia, el
- Asimismo, se debe tener presente que la doctrina y la jurisprudencia emitida por la Corte
- En tanto que para el recurso de casación en el fondo, debe fundarse en errores
- A mayor abundamiento, también la jurisprudencia enseña que en casación se plantean cuestiones de derecho
- En el caso que nos ocupa el demandado invocó recurso de nulidad (casación en la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
