Regístrese, notifíquese y devuélvase
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 697 y vta., interpuesto por Marco Antonio Gutiérrez Abrego en representación de Francisco Laura Pachaure y otros.
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- VISTOS: El recurso de casación a fs
- En grado de apelación interpuesto por Marco Antonio Gutiérrez Abrego en representación de Francisco Laura
- El mencionado Auto de Vista motivó el recurso de casación a fs
- Señala que, el Juez de la causa si consideraba que era un proceso civil debió
- Manifiesta que, ha presentado conforme dispone el art
- Concluyó señalando, se admita el recurso de casación, y sea el Tribunal de casación que
- El recurso de casación definido como un recurso extraordinario, es concedido para invalidar una Sentencia
- Por otro lado, si se interpone recurso de nulidad o de casación en la forma,
- De lo manifestado, se infiere que, los recursos de "casación en el fondo" y "casación
- En consecuencia, al no haber cumplido los recurrentes con la carga legal prevista en el
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