POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la LOJ, ANULA obrados hasta el sorteo de fs. 628 inclusive, disponiendo que el Tribunal ad quem, sin espera de turno, bajo responsabilidad administrativa, pronuncie nuevo Auto de Vista teniendo en cuenta los fundamentos de la presente resolución, dando cumplimiento a las previsiones legales contenidas en los arts. 190, 192.2) y 3) y 236 del CPC
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- En grado de apelación interpuesto por Carmen Rosa Rodal Coelho (fs
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- En ese orden corresponde señalar que la norma contenida art
- Por su parte el art
- El art
- Finalmente el art
- En el contexto legal referido, de la revisión de antecedentes se establece que, a consecuencia
- De los antecedentes referidos, podemos afirmar que el tribunal de apelación ha incurrido en errónea
- Finalmente corresponde establecer que, los actos procesales están encaminados a la consecución de una finalidad
- De lo expuesto, concluimos que el Tribunal de Alzada al anular obrados en base a
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Sin responsabilidad por ser excusable
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
