Auto Supremo AS/0878/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0878/2015

Fecha: 02-Oct-2015

En estos antecedentes se concluye que el Juez estaba obligado a realizar un análisis de

En estos antecedentes se concluye que el Juez estaba obligado a realizar un análisis de proponibilidad de la demanda en relación a los presupuestos procesales, evidenciándose la ausencia del presupuesto procesal de legitimación para interponer la demanda de nulidad de reconocimiento de hijo, resultando esta inobservancia como vicio de procedimiento más antiguo, en este caso, como se fundamentó supra, por la improponibilidad subjetiva de la pretensión, que no permitió que el proceso se inicie válidamente, resultando afectada la relación procesal y obstaculizando el examen de fondo en el caso sometido a juicio