Por lo expuesto, solicita anular obrados hasta el vicio más antiguo, es decir hasta fs
Este hecho, no fue advertido por el Tribunal de Alzada al dictar el Auto de Vista de fecha 5 de abril de 2011, incumpliendo de esta manera la obligación ineludible de revisar de oficio los vicios y falencias que hubieran cometido sus inferiores en grado (art. 15 L.O.J.).
Por lo expuesto, solicita anular obrados hasta el vicio más antiguo, es decir hasta fs. 149 inclusive o alternativamente se case la Sentencia o Auto de Vista conforme el art. 251 y 274 del Código de Procedimiento Civil
Por lo expuesto, solicita anular obrados hasta el vicio más antiguo, es decir hasta fs. 149 inclusive o alternativamente se case la Sentencia o Auto de Vista conforme el art. 251 y 274 del Código de Procedimiento Civil
- En la forma
- En mérito a lo expuesto, solicita anular obrados hasta el vicio más antiguo, es decir
- En el fondo
- Error del A quo, es el de no haber valorado toda la prueba aportada en
- Por lo expuesto, solicita anular obrados hasta el vicio más antiguo, es decir hasta fs
- De la revisión del presente caso se conoce que el Ad quem en el Auto
- Al respecto corresponde referir, que al oponer el recurso de casación se debe considerar la
- En esa relación, se tiene que el recurrente no observó la naturaleza de la Resolución
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
