ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 935/2015 - L
Sucre: 14 de Octubre 2015
Expediente: CB – 96 - 11 – S
Partes: Alberto Díaz Romero c/ Simiona Orellana Flores Vda. de Cuenca, José
Luis Cuenca Orellana y los menores Juan Carlos, Viviana, Marcelo y
Jorge Cuenca Orellana
Proceso: Devolución de inmueble bajo alternativa de lanzamiento con
resarcimiento de daños y perjuicios
Distrito: Cochabamba
VISTOS: El recurso de nulidad o casación de fs. 312 a 313 y vta., interpuesto por Alberto Díaz Romero contra el Auto de Vista Nº REG/S.CII/ZGC/ASEN.188/ de 29 de abril de 2011, de fs. 308 a 309 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Justicia de Cochabamba (hoy Tribunal Departamental de Justicia), en el proceso ordinario sobre devolución de inmueble bajo alternativa de lanzamiento con resarcimiento de daños y perjuicios, seguido por Alberto Díaz Romero contra Simiona Orellana Flores Vda. de Cuenca, José Luis Cuenca Orellana y los menores Juan Carlos, Viviana, Marcelo y Jorge Cuenca Orellana; el memorial de respuesta de fs. 318 a 319 y vta.; el Auto de concesión de fs. 320; los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Alberto Díaz Romero, adjunto medida preparatoria de demanda a 37 fs., demanda de fs. 38 a 40, 44, 46 y vta., y fs. 49, amparado en los arts. 889, 891-II y 894 del Código Civil, manifestando que prestó a la demandada y esposo su casa construida en el inmueble de su propiedad gratuitamente para que la ocupen por un tiempo con la única condición de que colaboren en el rellenado de la parte baja del terreno. A fin de que hagan instalar el servicio de luz a su nombre les prestó doscientos dólares y un documento ficticio de compraventa de 240 m2., Los esposos en conocimiento de que terceras personas demandaron pretendiendo una parte de su terreno, se aliaron con ellos queriéndose apoderar de la fracción donde se encontraba la casa que les prestó con el argumento de que les habían comprado y que al presente estarían tramitando reconocimiento de derecho propietario a sus espaldas. El préstamo que les hizo de su casa constituye comodato precario, apropiación indebida y un abuso de confianza por lo que pide la desocupación y devolución bajo alternativa de lanzamiento, resarcimiento de daños y perjuicios
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 935/2015 - L
Sucre: 14 de Octubre 2015
Expediente: CB – 96 - 11 – S
Partes: Alberto Díaz Romero c/ Simiona Orellana Flores Vda. de Cuenca, José
Luis Cuenca Orellana y los menores Juan Carlos, Viviana, Marcelo y
Jorge Cuenca Orellana
Proceso: Devolución de inmueble bajo alternativa de lanzamiento con
resarcimiento de daños y perjuicios
Distrito: Cochabamba
VISTOS: El recurso de nulidad o casación de fs. 312 a 313 y vta., interpuesto por Alberto Díaz Romero contra el Auto de Vista Nº REG/S.CII/ZGC/ASEN.188/ de 29 de abril de 2011, de fs. 308 a 309 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Justicia de Cochabamba (hoy Tribunal Departamental de Justicia), en el proceso ordinario sobre devolución de inmueble bajo alternativa de lanzamiento con resarcimiento de daños y perjuicios, seguido por Alberto Díaz Romero contra Simiona Orellana Flores Vda. de Cuenca, José Luis Cuenca Orellana y los menores Juan Carlos, Viviana, Marcelo y Jorge Cuenca Orellana; el memorial de respuesta de fs. 318 a 319 y vta.; el Auto de concesión de fs. 320; los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Alberto Díaz Romero, adjunto medida preparatoria de demanda a 37 fs., demanda de fs. 38 a 40, 44, 46 y vta., y fs. 49, amparado en los arts. 889, 891-II y 894 del Código Civil, manifestando que prestó a la demandada y esposo su casa construida en el inmueble de su propiedad gratuitamente para que la ocupen por un tiempo con la única condición de que colaboren en el rellenado de la parte baja del terreno. A fin de que hagan instalar el servicio de luz a su nombre les prestó doscientos dólares y un documento ficticio de compraventa de 240 m2., Los esposos en conocimiento de que terceras personas demandaron pretendiendo una parte de su terreno, se aliaron con ellos queriéndose apoderar de la fracción donde se encontraba la casa que les prestó con el argumento de que les habían comprado y que al presente estarían tramitando reconocimiento de derecho propietario a sus espaldas. El préstamo que les hizo de su casa constituye comodato precario, apropiación indebida y un abuso de confianza por lo que pide la desocupación y devolución bajo alternativa de lanzamiento, resarcimiento de daños y perjuicios
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Sustanciado el proceso en primera instancia, el Juez Primero de Partido en lo Civil de
- En grado de apelación, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Justicia (hoy
- Del contenido del recurso se resume lo siguiente
- Arguye que su apelación cumple los requisitos establecidos en el art
- En base a dichos antecedentes, pide se anule hasta el vicio más antiguo
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En sus argumentaciones recién en esta etapa el recurrente viene a decir que nunca ha
- Como señalábamos precedentemente, teniendo que la Resolución recurrida extraña que la apelación no contenga esos
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs.1.000 (Un Mil Bolivianos 00/100)
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
