Auto Supremo AS/0939/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0939/2015

Fecha: 14-Oct-2015

Asimismo expresa que resulta ilógico señalar en primera instancia solicite un trámite de usucapión sobre

Alude que revisada la tradición del inmueble por los documentos cursante de fs. 41 a 43 se establece que el inmueble limitó al sur con la propiedad de Fortunato terceros y no con una fracción de terreno que según el Juez no sería de propiedad del recurrente, asimismo señala que según la alcaldía el terreno es baldío, empero, nunca tuvo esa calidad pues desde que compro la propiedad siempre ocuparon, poseían mantenían y cuidaban de toda la extensión de dicho inmueble, tal es así, que el interdicto declaro probada su demanda manteniendo la posesión que siempre tuvieron
Asimismo expresa que resulta ilógico señalar en primera instancia solicite un trámite de usucapión sobre el terreno objeto de litis, cuando ellos son propietario y el ordenamiento jurídico no permite demandarse así mismo, cuando ellos son propietarios