Auto Supremo AS/0959/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0959/2015

Fecha: 14-Oct-2015

Que se habrían vulnerado sus derechos constitucionales, como a la defensa, debido proceso a la


CONSIDERANDO II
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

Que se habrían vulnerado sus derechos constitucionales, como a la defensa, debido proceso a la garantía y principio de seguridad jurídica y de legalidad en franca violación al art. 236 del C.C., ya que entre los vicios y puntos apelados que no se habrían considerado ni resuelto seria que:

1).- Que por Auto de 5 de abril de 2006, se declaró reconocida en rebeldía su firma y la efectividad del documento de 7 de junio de 2004; 2).- Que si bien el art. 340 del C.C., establece que el deudor queda constituido en mora mediante intimación requerimiento judicial u otro acto equivalente del acreedor, el deudor necesariamente debe tener conocimiento personal y existir evidencia de este extremo; 3).- que sería imposible dar con el objeto la cusa y el motivo en el documento que se viene ejecutando o establecer el consentimiento de las partes sin embargo saltaría a la vista el nombre otras personas; 4).- Que el actor se habría limitado a citar el art. 956 del C.C., referente a las obligaciones por promesa unilateral, sugiriendo que su mandante unilateralmente habría asumido un compromiso y sin embargo en el documento habrían varias personas nombradas como deudoras; 5).- Que en el caso presente de que haya expresado su consentimiento no existiría evidencia de que haya expresado su consentimiento libre y sin vicios ni hechos actos y peor signos que demuestren esta circunstancia