CONSIDERANDO I:
VISTOS: El recurso de casación de fs. 202 a 204, planteado por Carlinda Saucedo Espinoza representada por Carla del Carmen Gómez Saucedo, contra el Auto de Vista Nº 85/2011 de 01 de marzo de 2011, cursante de fs. 196 a 197, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso de Cumplimiento de contrato, desocupación y entrega de bien, inmueble y pago de daños y perjuicios, seguido por Sunner Valverde de los Ríos, contra Carlinda Saucedo Espinoza; concesión de fs. 208, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Décimo de Partido en lo Civil y Comercial de Santa Cruz, dictó Sentencia de No. 67/10 de 24 de julio de 2010 cursante de fs. 179 a 182, por el que se declara PROBADA la demanda de fojas nueve a diez y se declara IMPROBADA la demanda reconvencional y excepción sobre falta de acción y derecho opuestas mediante memorial de fs. Quince a diecisiete, disponiéndose que en ejecución de la presente sentencia se cumpla con: 1.- Que, por parte de la demandada Carlinda Saucedo Espinoza, en el plazo de veinte días, proceda a la entrega formal al demandante Sunner Valverde de los Ríos, del bien inmueble urbano ubicado en la Urbanización Cooper, sobre calles Galaxia y Neptuno U.V. 29 Mz 41 (hoy 47) de esta ciudad con una superficie de 280 m2, sea bajo prevenciones de disponerse esa entrega mediante desapoderamiento en caso de incumplimiento. 2.- Se ordena que el mondo de daños y perjuicios, sean calificados en ejecución de Sentencia
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Décimo de Partido en lo Civil y Comercial de Santa Cruz, dictó Sentencia de No. 67/10 de 24 de julio de 2010 cursante de fs. 179 a 182, por el que se declara PROBADA la demanda de fojas nueve a diez y se declara IMPROBADA la demanda reconvencional y excepción sobre falta de acción y derecho opuestas mediante memorial de fs. Quince a diecisiete, disponiéndose que en ejecución de la presente sentencia se cumpla con: 1.- Que, por parte de la demandada Carlinda Saucedo Espinoza, en el plazo de veinte días, proceda a la entrega formal al demandante Sunner Valverde de los Ríos, del bien inmueble urbano ubicado en la Urbanización Cooper, sobre calles Galaxia y Neptuno U.V. 29 Mz 41 (hoy 47) de esta ciudad con una superficie de 280 m2, sea bajo prevenciones de disponerse esa entrega mediante desapoderamiento en caso de incumplimiento. 2.- Se ordena que el mondo de daños y perjuicios, sean calificados en ejecución de Sentencia
- Partes: Sunner Valverde de los Ríos. c/ Carlinda Saucedo Espinoza
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I:
- Resolución contra la que se interpuso recurso de apelación por Carlinda Saucedo Espinoza por intermedio
- En mérito a esos antecedentes la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justica de
- Resolución que dio lugar al recurso de casación en el fondo por parte de Carlinda
- CONSIDERANDO II:
- Bajo ese antecedente en el punto II refiere interponer recurso de casación en el fondo
- 1
- 2
- Por otro lado dice que no se habría considerado que no constaría que su persona
- 3
- Deben considerar dice que el documento no constaría que deba entregar el inmueble y que
- Pide se case el Auto de Vista y se declare improbada la demanda principal y
- En el orden propuesto por la recurrente, corresponde responder a los agravios denunciados bajo el
- Por otro lado, el que no se haya mencionado en el documento de transferencia de
- Por todo lo razonado, corresponde a este Tribunal emitir resolución conforme prevé el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
