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2.- Mala valoración de la prueba testifical de cargo, toda vez que dichas declaraciones de los testigos no tiene la fuerza probatoria de ley porque los testigos nunca vieron los supuestos malos tratos ya que la causal invocada para la disolución concebida como remedio o sanción, no ha sido debidamente probada, se desestima la desvinculación o divorcio absoluto, dejando subsistente el vínculo conyugal y en el proceso de divorcio no se ha demostrado los malos tratos que hubiere recibido la demandante y que afecten la relación matrimonial, por tanto el Juez de la causa no puede disolver el matrimonio por no existir prueba que respalde este extremo
- Partes: Primitiva Peredo Claros.c/ Gualberto Camacho Cabrera
- Proceso: Divorcio
- Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO I:
- Contra esa Sentencia de primera instancia el demandado, dentro el plazo legal interpuso recurso ordinario
- Concedido el indicado recurso la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia
- Que, el recurrente en su expresión de agravios señala los siguientes
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- 3
- CONSIDERANDO III:
- En el caso presente y de la revisión de las actas de declaraciones de fs
- Correspondiendo en consecuencia resolver en la forma prevista por los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
