Concedido el indicado recurso la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia
Concedido el indicado recurso la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia de Cochabamba, pronunció el Auto de Vista Nº REG/S.CII/ZGC/ASEN.373/11.10.2011 en fecha 11 de octubre de 2011, por el cual confirma la Sentencia apelada; contra esta resolución de segunda instancia el demandado interpuso recurso de casación en el fondo
- Partes: Mario Rodolfo Borda Zambrana. c/ Alberto Galindo Udaeta
- Proceso: Cumplimiento de obligación
- Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO I:
- Contra esa Sentencia de primera instancia la demandada, dentro el plazo legal interpone recurso de
- Concedido el indicado recurso la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia
- Que, el recurrente en su expresión de agravios señala los siguientes
- CONSIDERANDO III:
- “2
- “3
- A estos agravios, el Tribunal Ad quem en virtud de lo dispuesto en el art
- En tal razón, no habiendo expuesto el recurrente como agravio en el ordinario de apelación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
