De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
1) El primer motivo identificado del recurso de casación refiere que, el Tribunal de alzada ha incurrido en inobservancia y errónea aplicación de la ley adjetiva penal, conforme lo descrito en el art. 370 incs. 1) y 6) del Código de Procedimiento Penal (CPP), considerando que la acusada con grado académico de Licenciada en Auditoría, desarrolló dolosamente su comportamiento delictivo al endilgarle al recurrente mediante notas al SEDCAM, Dirección Departamental del Trabajo y Asamblea Permanente de Derechos Humanos conforme a las literales A-1, A-2 y A-3; denuncias por acoso laboral y discriminación, sin contar con una Resolución administrativa interna o Sentencia judicial condenatoria que confirme tales extremos. En conclusión, quedando demostrada la culpabilidad de la acusada.
2) Por otro lado, denuncian que, el Tribunal de Alzada ha incurrido en inobservancia y errónea aplicación de la ley sustantiva penal, en relación a los arts. 282, 283 y 287 del CP. El fundamento expresado determina que los hechos probados se adecuan correctamente a los tipos penales referidos, por lo que “en el presente caso concurren los elementos principales del delito, es decir, concurre la acción, la tipicidad, la antijuricidad y la culpabilidad con su presupuesto la imputabilidad por lo que se debe sancionar a la acusada” (sic).
Se expresó además de modo escueto, que el Auto de Vista impugnado habría vulnerado el art. 169 incs. 3) y 4) del CPP, y que los comportamientos acusados habrían afectado la reputación y dignidad del recurrente; cita como precedente contradictorio el Auto Supremo 299/2012 de 23 de octubre
- Por memorial presentado el 28 de julio de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) El 21 de julio de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- En el caso de autos, el 21 de julio de 2015 (fs
- Con relación al primer agravio, este se encuentra referido al pronunciamiento inadecuado o inmotivado que
- En el caso de los dos agravios expuestos, conforme se tiene del recurso en revisión,
- No obstante, lo definido constatándose la denuncia de defectos absolutos, relativos a los incs
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
