Auto Supremo AS/0640/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0640/2015-RA

Fecha: 26-Nov-2015

En cuanto al motivo traído en casación referido esencialmente al incorrecto rechazo a su excepción


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

En el caso de autos, se establece que el 10 de septiembre de 2015 (fs. 444), fue notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado y el 18 del mismo mes y año, interpuso recurso de casación; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la ley (descontando el 14 de septiembre por feriado departamental), cumpliendo con el requisito previsto por el art. 417 del CPP.

En cuanto al motivo traído en casación referido esencialmente al incorrecto rechazo a su excepción de la extinción de la acción penal por prescripción, refiriendo que se efectúo una errónea aplicación de la Ley 004 y la CPE. Señala también que en Sentencia se incorporó fotocopias simples como pruebas y que además, esta resulta ser incongruente por no habérsele otorgado el perdón judicial