b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado presentó recurso de apelación restringida (fs
b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado presentó recurso de apelación restringida (fs. 256 a 265), resuelto por el Auto de Vista de 17 de abril de 2015 (fs. 355 a 362 vta.), emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedente el citado recurso, y confirmó la Sentencia, con costas
- Por memorial presentado el 31 de agosto de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación, se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado presentó recurso de apelación restringida (fs
- c) El 24 de agosto de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen como motivos, los siguientes
- El art
- Dentro de ese mismo contexto, el art
- Para la admisibilidad del recurso de casación, es menester observar los requisitos prescritos en los
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 24 de agosto de 2015 (fs
- En consecuencia, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con los requisitos
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
