Observando el cumplimiento de los requisitos descritos en los arts
Analizados los motivos del recurso de casación, se advierte que los mismos derivan del hecho de que, el Auto de Vista de manera errada en sus tres primeros considerandos, hacía alusión a otro proceso penal con distintos sujetos procesales y por otro delito resultando inexistente la relación de los hechos o fundamentación fáctica, razones por las cuales el fallo impugnado incurrió en incongruencia omisiva y falta de la debida fundamentación para resolver los agravios denunciados en el recurso de apelación restringida interpuesta por los imputados.
Observando el cumplimiento de los requisitos descritos en los arts. 416 y 417 del CPP, se evidencia que los recurrentes, de manera escueta pero suficiente señalan la posible contradicción en la que hubiera incurrido el Tribunal de alzada con relación a la doctrina sentada por el Auto Supremo 321/2014 que se pronunció anteriormente en el presente caso, argumentando de manera clara y concreta los posibles defectos del Auto de Vista impugnado, exponiendo los fundamentos que considera contrarios a la doctrina legal sentada en el citado Auto Supremo, en ese contexto, los dos motivos traídos en casación, devienen en admisibles
- Por memorial presentado el 28 de mayo de 2015, cursante de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 3) Como consecuencia de que los antecedentes contenidos en los considerandos del Auto
- 4) El Tribunal de alzada da por bien hechas las falencias demostradas de la
- En ese contexto el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a
- iii) Como única prueba admisible, debe acompañarse copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En cuanto a los argumentos del recurso de casación, corresponde verificar el cumplimiento de los
- Observando el cumplimiento de los requisitos descritos en los arts
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
