Auto Supremo AS/0707/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0707/2015-RA

Fecha: 30-Nov-2015

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art


Sin embargo, en la fundamentación de este motivo, el recurrente denuncia la vulneración de derechos constitucionales, habiendo proporcionado los antecedentes generadores del hecho, (que el Tribunal de alzada omitió pronunciarse sobre los Autos Supremos que invocó en apelación restringida); así mismo, identificó los principios y derechos vulnerados (tantum devolutum quantum apellatum, la defensa y el debido proceso), explicando que el Tribunal de alzada, tiene la obligación de dictar sus resoluciones respondiendo efectivamente a las cuestiones planteadas por los recurrentes; en consecuencia, cumplidos como están los presupuestos de flexibilización, este motivo también deviene en admisible.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Richard Fita Mamani de fs. 97 a 103 (erradamente foliadas como fs. 67 a 73); asimismo, en cumplimiento del segundo párrafo del art. 418 del CPP, dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas, el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo