Auto Supremo AS/0832/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0832/2015-RA-L

Fecha: 24-Nov-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a las acusaciones pública (fs. 2 a 12, subsanada a fs. 26 y vta.) y particular (fs. 41 a 42 vta.), y una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, el Tribunal Tercero de Sentencia de la ciudad de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Sentencia 35/08 de 12 de febrero de 2008 (fs. 451 a 461); por la que, declaró a los imputados Jaime Orozco Paxi, Enrique Huanca Sánchez, Francisco Valero Layme, Plácido Copa Sánchez, Severo Sánchez Layme, Marcelino Sánchez, Wenceslao Calle y Néstor Apaza Kapa, autores de la comisión de los delitos de Abigeato y Daño Calificado, previstos y sancionados por los arts. 350 y 358 inc. 2) del CP, imponiéndoles la pena privativa de libertad de tres años de reclusión, con suspensión condicional de la pena cuyas obligaciones serán determinadas en ejecución de sentencia, con costas a favor del Estado y costas, daños y perjuicios a favor de la parte civil; asimismo, los absolvió de la comisión del delito de Robo Agravado tipificado por el art. 332 inc.2) de la citada norma, en mérito a que la prueba aportada no fue suficiente