VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 851
Sucre, 03 de noviembre de 2015
Expediente: 230/2015-S
Demandante: Ernesto Jesús Roca Ramos
Demandado: Zona Franca Comercial e Industrial de Cobija
Distrito: Pando
Magistrado Relator : Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 139 a 141, interpuesto por Tatiana Mónica Sejas Condori, en representación legal de la Zona Franca Comercial e Industrial de Cobija (ZOFRACOBIJA), contra el Auto de Vista de 22 de mayo de 2015, cursante de fs. 135 a 136 vta., pronunciado por la Sala Civil, Social, Familiar, de la Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso social que por pago de beneficios sociales y derechos laborales sigue Ernesto Jesús Roca Ramos contra la Entidad en cuya representación se recurre; la respuesta al recurso de la parte contraria, de fs. 145 a 146; el Auto a fs. 147, que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del proceso
I.1.1. Sentencia
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Trabajo, Seguridad Social, Niño, Niña y Adolescente Segundo de la ciudad de Cobija, emitió la Sentencia Nº 41/2015 de 27 de marzo de 2015 (fs. 67 a 69 vta.), por la que declaró probada en parte la demanda de fs. 36 a 37, sin costas; ordenando a la entidad demandada cancelar a favor del actor, dentro de tercero día de ejecutoriada la resolución, por concepto de subsidio de frontera y vacación, conforme al detalle de la sentencia, la suma total de Bs.25.923,00.- (Veinticinco mil novecientos veintitrés 00/100 bolivianos)
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 851
Sucre, 03 de noviembre de 2015
Expediente: 230/2015-S
Demandante: Ernesto Jesús Roca Ramos
Demandado: Zona Franca Comercial e Industrial de Cobija
Distrito: Pando
Magistrado Relator : Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 139 a 141, interpuesto por Tatiana Mónica Sejas Condori, en representación legal de la Zona Franca Comercial e Industrial de Cobija (ZOFRACOBIJA), contra el Auto de Vista de 22 de mayo de 2015, cursante de fs. 135 a 136 vta., pronunciado por la Sala Civil, Social, Familiar, de la Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso social que por pago de beneficios sociales y derechos laborales sigue Ernesto Jesús Roca Ramos contra la Entidad en cuya representación se recurre; la respuesta al recurso de la parte contraria, de fs. 145 a 146; el Auto a fs. 147, que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del proceso
I.1.1. Sentencia
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Trabajo, Seguridad Social, Niño, Niña y Adolescente Segundo de la ciudad de Cobija, emitió la Sentencia Nº 41/2015 de 27 de marzo de 2015 (fs. 67 a 69 vta.), por la que declaró probada en parte la demanda de fs. 36 a 37, sin costas; ordenando a la entidad demandada cancelar a favor del actor, dentro de tercero día de ejecutoriada la resolución, por concepto de subsidio de frontera y vacación, conforme al detalle de la sentencia, la suma total de Bs.25.923,00.- (Veinticinco mil novecientos veintitrés 00/100 bolivianos)
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Acusó también que no se consideraron los Dictámenes Generales Nº 06/2014 de 98 de diciembre
- Que, así formulado el recurso de casación en el fondo, de la revisión de los
- En relación a la norma comprendida en el art
- El argumento expuesto por la entidad recurrente, en sentido que no le corresponde el pago
- Que, en ese mismo sentido se tiene hecha la interpretación del Ministerio de Economía y
- Por lo relacionado y no siendo evidente las infracciones normativas acusadas por la parte recurrente,
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
