Auto Supremo AS/1032/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1032/2015

Fecha: 16-Nov-2015

Finalmente sobre la falta de notificación con el Auto de relación procesal, se dirá que

Finalmente sobre la falta de notificación con el Auto de relación procesal, se dirá que a fs. 33 se dicta el Auto de relación procesal, se fija los puntos de hecho a demostrarse y se apertura el término de prueba, con la misma la demandada-recurrente fue notificada en diligencia de fs. 34 y posteriormente propuso sus medios de prueba en escrito de fs. 45, por lo que no existe infracción al derecho a la defensa. Asimismo corresponde señalar que la acusación de falta de notificación con los decretos de 12 de enero y 29 de enero de 2011 se dirá que consta en diligencias de fs. 86 y 88, que respectivamente los mencionados decretos fueron notificados en tablero del juzgado, por lo que el vicio acusado -al margen de su falta de relevancia- no resulta ser cierta