Auto Supremo AS/1053/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1053/2015

Fecha: 17-Nov-2015

Consecuentemente, el Ad quem ante la interposición del recurso de apelación contra la Sentencia también

Respecto a lo anterior será pertinente señalar que la Sentencia Constitucional Nº 2017/2010-R de 9 de noviembre, ha manifestado que: “En cuanto a la pertinencia entre el recurso de apelación, resolución apelada y lo resuelto en el auto de vista, es una condición esencial para asegurar a los justiciables que en la decisión de su recurso, los superiores en grado tienen delimitado su campo de acción para emitir resolución, límite que se expresa precisamente en la fundamentación de agravios prevista por el art. 227 del Código de Procedimiento Civil (CPC), como por el contenido de lo resuelto en la sentencia apelada, marco del cual el tribunal no puede apartarse.”
Consecuentemente, el Ad quem ante la interposición del recurso de apelación contra la Sentencia también por la parte actora, estaba en el deber ineludible de resolver y dar respuesta pertinente en función a los arts. 227 y 236 del Código de Procedimiento Civil, al no haberlo hecho transgredió las referidas normas, conllevando ello la afectación al debido proceso, por lo que se concluye que efectivamente las denuncias formuladas por la parte recurrente tienen sustento aunque corresponde aclarar que la norma con la que se ampara –art. 252 del Código de Procedimiento Civil- ya no se encuentra vigente, en sujeción a lo establecido por la Ley Nº 439 Código Procesal Civil, en cuanto al régimen de nulidades se refiere, a tiempo del pronunciamiento del Auto de Vista así como la interposición del recurso