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    Auto Supremo AS/1070/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1070/2015

    Fecha: 17-Nov-2015

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    • Partes: Lucila Tapia Rodríguez. c/ Víctor Fernando Rodríguez
    • Distrito: La Paz
    • ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • En su merito se dispuso la cancelación de la matrícula de folio real Nº 2
    • Deducida la apelación por el demandado y remitida la misma ante la instancia competente, la
    • En conocimiento de la determinación de segunda instancia, el demandado interpuso recurso de casación, mismo
    • DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
    • Que el Juez A quo al disponer la notificación personal mediante orden instruida, y lamentablemente
    • Que el Juez A quo habría entrado en incumpliendo de la notificación personal al demandado
    • Que el Juez A quo no habría tomado en cuenta la discriminación que habría
    • Por lo expuesto solicita que la autoridad superior en grado, disponga la casación y/o nulidad
    • CONSIDERANDO III:
    • En este entendido, diremos que si bien el recurrente acusa que con esta actuación se
    • En cuanto a que el Juez A quo no habría tomado en cuenta la discriminación
    • Por todo lo manifestado supra, el recurso de casación en la forma deviene en infundado
    • La SCP 1916/2012 de 12 de octubre, desarrollo los requisitos de admisibilidad del recurso de
    • En este entendido se debe tener presente que el recurso de casación en el fondo
    • Mientras que el recurso de casación en la forma, se funda en errores en el
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.

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