POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución que le
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución que le confiere el numeral 8 del artículo 38 de la ley Órgano Judicial y artículo 557 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA Sentencia de Divorcio pronunciada el 8 de noviembre de 2000, por e Juez e la Corte de Circuito del Condado de Montgomery, Estado de Maryland que puso fin al proceso de divorcio seguido a instancia de Blanca Delia Clavijo Tapia en contra de José Carlos Pacheco Sanjinez y que en versión traducida cursa de fojas 4 a 6 del expediente
- FECHA:Sucre, 10 de diciembre de 2015
- EXPEDIENTE Nº:454/2014
- PROCESO:Homologación de Sentencia
- VISTOS EN SALA PLENA: La demanda de homologación de sentencia de divorcio planteada por Blanca
- CONSIDERANDO: Que el representante legal de Blanca Delia Clavijo Tapia, solicitó la homologación de la
- Que admitida la demanda y no habiendo sido posible la citación personal de la demandada
- No habiéndose apersonado la demandada en el plazo señalado en el parágrafo II del artículo
- Por disposición del artículo 552 de la misma norma legal, las sentencias judiciales pronunciadas en
- De la revisión de la sentencia, cuya traducción se encuentra de fojas 4, el certificado
- Que las reglas existentes para la ejecución de sentencias dictadas en el extranjero son las
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución que le
- Consecuentemente, en aplicación a la norma contenida en el artículo 560 de la citada norma
- A ese efecto, por Secretaría de Sala Plena, líbrese provisión ejecutoria adjuntándose copia legalizada de
- Regístrese, notifíquese y archívese
- MAGISTRADO
